REGLAMENTO DE LAS FRATERNIDADES LAICALES DEL PERÚ

I. LAICADO DOMINICANO
OBJETIVOS:
1. Hacer nuestra la invitación de Jesús: "Síganme y los haré pescadores de hombres".
2. Desarrollar y compartir nuestra fe, viviendo como laicos dominicos, en comunidad fraterna, en perspectiva a un compromiso misionero, de acuerdo al carisma y a la "misión evangelizadora de la Orden". (W. 92, 4)
3. Vivir en comunión fraterna el ideal dominicano, teniendo como modelos a Santo Domingo de Guzmán y a Santa Catalina de Siena.
4. Coordinar y realizar con los demás grupos de la Familia dominicana, a nivel local y a nivel nacional, la obra de la evangelización, respetando los modos, medios y formas propias de cada grupo.
5. Promover la dignidad de la persona humana y de la familia, para hacer de cada hogar una escuela doméstica de evangelización, en la línea de la Regla y de las disposiciones de los Capítulos Generales.

II. FORMACIÓN Y ADMISIÓN DEL LAICADO DOMINICANO
1. FORMACIÓN
La formación está orientada a preparar al laico(a) dominico(a), para que, como cristianos maduros en su fe, puedan responder clara y oportunamente a los retos de la nueva evangelización humanamente, como hombre o mujer de fe desde el carisma dominicano, bajo tres aspectos:
a) Aspecto Humano:
-- formar o preparar para un mayor desarrollo de las cualidades humanas, sociales, culturales, económicas, políticas y técnicas.
b) Aspecto de la fe:
-- Conocer y profundizar la Palabra de Dios, mediante el estudio gradual y progresivo, de acuerdo a un plan de estudio que ha de incluir:
-- Biblia: AT y NT
-- Teología fundamental a la luz del Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica y otros documentos de A.L.
-- Historia de la Iglesia
-- Realidad Nacional
-- Estudio de los signos de los tiempos
c. aspecto dominicano:
-- Valores dominicanos en los que se forma el laico(a) dominico(a):
-- Vocación y misión del laico dominicano;
-- Oración y contemplación en la acción;
-- Vida y obra de Santo Domingo de Guzmán
-- Historia y tradición de la Orden
-- Historia del laicado en la Orden y sus frutos de santidad;
-- Actas de los Capítulos Generales y Provinciales
-- Historia de la familia dominicana en el Perú
-- Cartas y documentos de los Maestros de la Orden.
-- Revistas y publicaciones de la Orden
2. ADMISIÓN DE LOS CANDIDATOS A LA FRATERNIDAD
A. criterios para la admisión
B. requisitos
C. etapas de formación:
- aspirantado
- primer compromiso
- compromiso definitivo
D. Criterios prácticos
A) Criterios para la Admisión
a) discernir, con criterios evangélicos, si el (la) candidato(a) se siente llamado a formar parte del laicado dominicano.
b) si vive comprometido(a) con las exigencias de la fe
c) si está integrado(a) a algún grupo de reflexión bíblica, grupos de oración o grupo de catequesis;
d) si ya tiene una experiencia de trabajo en alguna de las instituciones de la Orden
e) si le atrae la "vida y misión" de la Orden.
B) REQUISITOS:
- Ser bautizado y confirmado
- Tener dieciocho años
- Ser presentado por algún miembro de la familia dominicana
- no pertenecer a otra fraternidad o Instituto Religioso
C) ETAPAS DE FORMACIÓN:
Introducción:
Nadie se puede dispensar de los cursos señalados para cada etapa de la formación, a no ser que los responsable de la formación lo dispensen por causas justas.
La entrada en la Fraternidad es libre y voluntaria, para poder vivir en comunión con Dios y con los hermanos, identificándose plenamente con el estilo de vida evangélica y la espiritualidad del Fundador y de la Tradición de la Orden. Como laicos dominicos, se trabaja con y por la Iglesia; se prepara a los miembros de la Fraternidad para poder hacer Iglesia y enriquecerla, poniendo a su servicio los valores evangélicos asimilados y desarrollados en la formación institucional y en la formación permanente.
i) ASPIRANTADO:
* El aspirantado es una iniciación en el estilo de vida evangélica propio de una
Fraternidad dominicana.
* El aspirantado es de un año. En este lapso, el candidato conoce a todos los miembros de la Fraternidad y, a su vez, estos van descubriendo, de cerca, su modo de ser y capacidad del aspirante.
* El aspirantado también tiene como finalidad acercar más el candidato al conocimiento de la Orden y hacerle gustar el carisma de los hermanos predicadores y los valores de la tradición dominicana.
* El aspirantado es un período de discernimiento evangélico; está orientado a ayudar al candidato a madurar más en su fe, para que con convencimiento pueda prestar un servicio más adecuado y eficaz a la nueva evangelización, al estilo de Santo Domingo de Guzmán.
* Los responsables de la formación han de despertar en los aspirantes el gusto por:
-- el estudio y discernimiento de la Palabra de Dios
-- la oración litúrgica, la oración privada y la celebración eucarística
-- el amor al pobre a ejemplo de la compasión de Santo Domingo, que estuvo inspirado en Nuestro Señor, Jesucristo, que "siendo rico se hizo pobre para hacer ricos a los hermanos, con su pobreza" (2 Cor.8,9).
ii) PRIMER COMPROMISO
El primer compromiso es normalmente por tres (3) años, pudiéndose ampliar por dos años más para:
-- seguir profundizando en el discernimiento de la Palabra de Dios y en los signos de los tiempos en la perspectiva de un compromiso definitivo con la Orden;
-- participar en encuentros, talleres de estudio, retiros y jornadas para proclamar la Palabra de Dios y dar testimonio de su compromiso como laico dominico;
-- compartir los gozos y esperanzas en fraternidad y participar en la planificación del apostolado y compromisos contraído por la Fraternidad.
Para acceder al primer compromiso es necesario:
-- Tener docilidad para aceptar las exigencias de la formación en las diversas etapas y, desde su situación, irradiar en su entorno lo aprendido.
-- Los laicos dominicos, como cualquier miembro de la Familia dominicana, han emprendido el seguimiento de Cristo; por tanto, tienen la misión de ir por el mundo anunciando el Reino Nuevo del Evangelio y denunciando lo que se opone a él. No se es miembro de una Fraternidad dominicana solamente por motivos devocionales o de ascendencia social. Por eso, deben:
1. ser capaces de analizar con criterio recto y equilibrado la realidad del país, y proponer, como profesionales o técnicos, lo que se juzga justo, oportuno y necesario para la práctica de la justicia social, respecto de los Derechos Humanos y la dignidad de las personas.
2. Tener conciencia clara de las realidades del mundo actual, fuertemente marcadas por el mal y la abierta contradicción con el ser cristiano y la vocación del laico dominico.
iii) COMPROMISO DEFINITIVO:
Es la respuesta decidida y convencida de los hermanos Juan y Santiago a la pregunta
de Jesús: "¿Uds. pueden beber de la copa que yo tengo que beber?" Ellos respondie
ron: "Sí, podemos". (Mt 20, 21)
El laico dominico asume a conciencia plena el "seguimiento de Cristo", según el carisma dominicano:
* renueva en forma solemne, la consagración bautismal, su fidelidad al ejercicio de sacerdocio común, de su función profética y voluntad de entrega para el servicio de las obras de misericordia;
* en virtud de su compromiso definitivo, el laico trabaja en su medio ambiente, por la transformación del entorno familiar y social;
* atento al «paso» de Jesús por su vida y la vida de su pueblo, discierne con criterio profético los «signos de los tiempos» y las interpelaciones siempre actuales de las realidades de nuestra civilización;
* responde a los retos contra la fe y el fin transcendente del hombre, proyectando la luz que procede del Evangelio y del Magisterio de la Iglesia;
* haciendo uso correcto de los medios de comunicación social, que le proporciona la Orden, el laico dominico ejerce la noble misión de encarnar el mensaje del Evangelio en su ambiente, en forma persistente y creativa;
-- para consolidar la formación en la comunidad, se deben programar encuentros en los diversos niveles de la Fraternidad;
* tener conciencia cierta que para la realización del plan salvífico de Dios, no basta la técnica ni los talentos brillantes. Jesús dice: «sin mí, nada pueden hacer».
* cuantos emprenden el «seguimiento de Cristo» en una fraternidad dominicana, deben dejarse guiar por Dios y estar prontos para el anuncio de la Buena Nueva, haciendo suyas las palabras del Apóstol: «¡Ay de mí si no predicara!» (I Cor 9,16)
D: CRITERIOS PRÁCTICOS
El programa de formación debe adecuarse a la condición de los candidatos y su relación con sus obligaciones familiares y sociales, según el estado de vida (casado o soltero).
La formación estará a cargo de los/las hermanos/as que la Fraternidad considere mejor capacitado para ello..
De acuerdo a lo mandado en las ACTAS DEL CAPITULO GENERAL DE MONTREAL, n.85 A, tanto las nuevas como las antiguas Fraternidades se sujetarán íntegramente a las normas de la REGLA DE LAS FRATERNIDADES SEGLARES DE SANTO DOMINGO, aprobada con carácter definitivo por la Congregación de Religiosos e Institutos Seculares, el día 15 de Enero de 1987.

III. ORGANIZACIÓN
La Fraternidad Seglar, para lograr sus objetivos, debe tener un mínimo de organización. Esta debe ser sencilla, de tal manera, que facilite la comunión fraterna y la eficacia de su misión.
1. PUNTOS DE CONVERGENCIA
1.1 De acuerdo con los tiempos en que vivimos, lo ideal para las Fraternidades laicales, es buscar juntos puntos de convergencia, en la perspectiva de lo que se proponen conseguir. Estos puntos de convergencia son:
* "Jesucristo, ayer, hoy y siempre" (Heb 13, 8)
* Apostolado en el medio social en el que vive.
* Celebración comunitaria y oración privada, conforme a la
enseñanza de Jesús (Mt 6,6)
* Solidaridad práctica, sin hacer acepción de personas,
preferencialmente con los pobres.
1.2 En principio, los miembros de las Fraternidades se distinguen por una especialidad profesional que comparten los miembros o algún otro interés común que los une. Por eso, es recomendable que se formen fraternidades con elementos afines. De esta manera se facilitará:
* la comunión de intereses
* la orientación profesional adecuada
* se hablará el mismo lenguaje
* se interpelará el medio social con mayor conocimiento
de causa.
2. CONGREGADOS PARA LAS COSAS DEL SEÑOR
La Fraternidad se reunirá, previa cita, en el lugar y hora señaladas oportunamente. Habrá 2 (dos) clases de reuniones:
2.1. La Reunión ordinaria de cada semana será:
* para estudiar y reflexionar la Palabra de Dios y ver como se aplica sus enseñanzas en la vida diaria.
* para preparar el mensaje evangélico del domingo siguiente.
* para revisar la misión evangelizadora de la Fraternidad: hacia adentro y hacia afuera.
* para participar en el rezo de las horas litúrgicas, priorizando la lectura del Evangelio y, en segundo lugar, la lectura de la historia y espiritualidad dominicana y las vidas de los santos dominicanos.
* para familiarizar a los miembros de la Fraternidad en los cantos y símbolos de la tradición dominicana, como son el Rosario, el Vía crucis, el Angelus y otros...
2.2. Reunión de estudio y reflexión:
* dictado de clases o conferencias
* fomentar el diálogo y la comunión fraterna
* revisión del apostolado y los proyectos misioneros que se sugieran.
3. ESTRUCTURA Y GOBIERNO
3.1. Es recomendable que toda Fraternidad local esté conformada por no más de 20 (veinte) miembros, ni por menos de 7 (siete). De esta manera se facilita:
* la comunión fraterna
* la participación activa de todos
* la corresponsabilidad en los encuentros o reuniones de la Fraternidad.
- cuando existen más de veinte miembros, la Junta Directiva podrá convocará una reunión para conformar una nueva Fraternidad.
3.2. La Fraternidad es el medio propio donde se nutre y sostiene el compromiso de cada uno en su vocación. El ritmo de las reuniones variará según las Fraternidades: la participación asidua a estas reuniones da testimonio de la fidelidad de cada uno.
3.3. Las Fraternidades están bajo la Jurisdicción de la Orden; sin embargo, gozan de la autonomía propia de los seglares, por lo que se gobiernan a si mismas.
3.4. El Maestro de la Orden, como sucesor de Santo Domingo y cabeza de la Familia Dominicana, preside todas las Fraternidades del mundo. A él compete mantener intacto el espíritu dominicano, establecer las reglas prácticas según exijan las circunstancias del tiempo y lograr y promover el bien espiritual y el celo apostólico de los miembros.
3.5. El promotor de las Fraternidades laicales, nombrado por el Capítulo Provincial de los frailes, representa al Provincial en todas las Fraternidades y transmite al Maestro de la Orden o al Capítulo General las propuestas que las mismas representan, previo el visto bueno del Provincial.
3.6. Los Consejos de las Fraternidades pueden enviar peticiones y sugerencias al Capítulo Provincial de los Frailes; los Consejos Provinciales y Nacionales de los seglares pueden presentarlos al Capítulo General. A dicho Capítulo serán invitados, de buen grado, algunos representantes seglares para tratar materias que les atañen.
3.7. Las leyes por los que se rigen los Dominicos Seglares son:
a. Regla Fundamental del laicado (Constitución Fundamental; las Normas de Vida y Regimen de las Fraternidades)
b. Las declaraciones generales del Maestro de la Orden y de los Capítulos Generales;
c. El Directorio Nacional
d. Las directrices particulares
3.8. En cada Fraternidad local, se conformará un Consejo elegido de entre los miembros de la misma, para los cargos siguientes :
* Presidente o Coordinador
* Vicepresidente o subcoordinador
* Secretario(a)
* Tesorero(a)
* El asesor religioso(a) nombrado por el P. Provincial
4. CONSEJO DE LA FRATERNIDAD: SUS RESPONSABILIDADES
4.1 PRESIDENTE o COORDINADOR
Es propio de la autoridad del Presidente o Coordinador:
- promover la vida fraterna, los valores de la Orden y la misión apostólica;
- promover la responsabilidad de los participantes en los encuentros de la Fraternidad;
- promover la formación y la realización del proyecto apostólico en el que está comprometida la Fraternidad;
- dispensar a los hermanos de la asistencia a algunos actos comunes, cuando lo juzgue justo y razonable.
- dirimir en caso de empate en una votación.
4.2 VICEPRESIDENTE o SUBCOORDINADOR(A)
En ausencia del Presidente o Coordinador(a), hace sus veces y le ayuda en el servicio de la Fraternidad.
4.3 SECRETARIO(A)
- consigna en el Libro de Actas los acuerdos, determinaciones y compromisos contraídos por la Fraternidad;
- de acuerdo con el Presidente o Coordinador, convoca las reuniones de la Fraternidad y del Consejo local;
- hace constar en el Libro de Admisiones los nombres de los admitidos y de los que son aprobados para hacer sus promesas;
- responde a la correspondencia oficial, previa consulta al Presidente o Coordinador y tiene al día el archivo de la Fraternidad.
4.4. TESORERO(A)
Lleva la economía de la Fraternidad y, periódicamente, presenta el estado de cuentas, conforme lo indica el Estatuto.
4.5. DEL MAESTRO(A) FORMADOR(A):
Es el responsable de la formación gradual y progresiva de los hermanos, conforme al Plan de Formación aprobado por la Asamblea.
Los maestros o formadores serán nombrados por un período de tres(3) anos por el Presidente o Coordinador de la Fraternidad con el consenso de su Consejo.
Entre sus funciones están:
--- elaborar el proyecto o plan de formación de acuerdo a lo establecido en el Directo rio Nacional (Párrafo II), lo cual será aprobado por el Consejo;
-- preparar y presentar ante el Consejo a los aspirantes y profesos aptos para su acep?tación respectiva.
-- participar en las reuniones del Consejo cuando se trate de asuntos de formación, sin voto si es que no sea miembro del Consejo.
4.6. ASESOR RELIGIOSO
El asesor puede ser religioso o religiosa y es nombrado por el Padre Provincial a propuesta del Consejo de la Fraternidad y confirmado Es nombrado por tres (3) años, el tiempo que dura el Consejo y, si la Fraternidad lo solicite, puede ser nombrado para otro período.
-- El Asesor tiene voz pero no voto.
5. ELECCIONES Y DURACIÓN DE CARGO:
5.1. La elección de los miembros del Consejo se hará después que la Fraternidad haya elaborado su proyecto de apostolado anual.
5.2. En el proceso electoral, podrán ser elegidos y elegir los hermanos y hermanas que han hecho, por lo menos, su primer compromiso. La Asamblea designará a dos escrutadores y un secretario(a) para este acto.
El vicepresidente o subcoordinador(a) saliente asumirá las funciones de Presidente de las elecciones y tendrá a su cargo el anuncio del resultado.
5.3. La misma Fraternidad decidirá si se eligen los consejeros en cuatro (4) o más escrutinios consecutivos; pero nunca más de siete (7).
5.4. La duración de los cargos de Presidente o Coordinador(a), Vicepresidente o Subcoordinador(a), Secretario(a) y Tesorero(a) es de tres (3) años. Pueden ser reelegidos para un segundo período inmediato. Para ser postulados para un tercer período, se requiere los votos de las dos terceras partes de los vocales y la aprobación del Presidente Nacional y de su Consejo.
5.5. La elección del Presidente Coordinador(a) de una Fraternidad local requiere siempre de la confirmación del Padre Provincial.

IV. INSERCIÓN Y PRIORIDADES
1. PROYECTO E INSERCIÓN EN EL MEDIO AMBIENTE
1.1 Para cada año, las Fraternidades locales elaborarán un breve proyecto de apostolado, teniendo en cuenta:
- su inserción en el medio ambiente
- las prioridades de las otras fraternidades locales
1.2 El proyecto de apostolado local de cada año debe ser aprobado por el Presidente Nacional y su Consejo.
2. FRATERNIDADES PARA INSERTAR EL EVANGELIO
Las Fraternidades se organizan, no para crear y administrar obras o instituciones propias, sino para insertarse en los diversos ambientes de la sociedad y de la Iglesia, a fin de hacer en ellas más vivencial el Evangelio (fr. Munio de Zamorra - 1285)
3. RELACIÓN CON OTRAS FRATERNIDADES
Se recomienda propiciar encuentros con otras Fraternidades, locales o interprovinciales, sobre trabajos o compromisos afines.

V. ASAMBLEA Y CONSEJO NACIONAL
-- La elección de Consejeros se hará después que la Asamblea haya elaborado el pro?yecto de las prioridades de apostolado a nivel nacional.
-- Es elegible cualquier hermano o hermana que pertenezca a cualquier Fraternidad y que esté en la etapa de su compromiso final.
1. ASAMBLEA NACIONAL:
1.1 La ASAMBLEA NACIONAL está integrada por:
-- los Presidentes o Coordinadores de las Fraternidades locales y un delegado de com?promiso definitivo elegido por la Fraternidad.
-- el Promotor religioso(a) nacional de las Fraternidades
1.2 Las funciones de la Asamblea Nacional son:
a.) proponer un esquema de las prioridades del trabajo apostólico a realizar en el cuadrienio;
b.) elegir los miembros del Consejo Nacional y sus suplentes.
c.) Reunirse cada cuatro (4) años, en el lugar y fecha señalados por la misma Asamblea.
2. CONSEJO NACIONAL
2.1 Integran el Consejo Nacional:
-- el (la) Presidente o Coordinador(a) nacional
-- el (la) Promotor(a) religioso(a) nacional
-- el (la) Vicepresidente o Subcoordinador(a)
-- el (la) secretario(a)
-- el (la) tesorero (a)
2.2 Funciones del Consejo Nacional
a. Dar su parecer y consentimiento sobre lo señalado por el Directorio Nacional respecto a las Fraternidades locales;
b. Aprobar el Proyecto apostólico y el programa de formación de las Fraternidades locales;
c. reunirse, por lo menos, una vez al año, y en casos extraordinarios
d. El Presidente del Consejo Nacional, a la mitad del período, convocará:
-- a su Consejo en pleno, a los presidentes y formadores de las Fraternidades locales, para una Asamblea intermedia, cuya finalidad será revisar todo lo acordado en la última Asamblea y hacer propuestas de futuro para la adecuada actualización de nuestra misión; también podrán ser invitados técnicos y especialistas.
3. ELECCIÓN Y DURACIÓN EN EL CARGO DEL CONSEJO NACIONAL
3.1 Los miembros del Consejo Nacional son elegidos por la Asamblea Nacional, para un período de cuatro (4) años. Pueden ser reelegidos para un nuevo cuadrienio. En el caso que la Asamblea Nacional juzgara oportuna y conveniente, pueden ser postulados para un tercer período, siempre y cuando cuenten con el apoyo de las dos terceras partes de los votantes. Confirma la elección el Padre Provincial.
3.2 Antes de proceder a la elección de Consejeros, la Asamblea decidirá si la elección se hace en cuatro(4) o más escrutinios; pero nunca más de siete (7).

VIII. DISPOSICIONES FINALES
FUENTES:
* Walderberg: 92, 4.7
* Regla: I, 5 - 6
* Roma: 272
* Avila: 83
* Damian Byrne, O.P. Los Laicos y la Misión de la Orden
IDI nº 253 (1988), p. 18.

 

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