Estatutos de la familia dominicana

PREAMBULO

La Familia Dominicana, abarca todas las entidades religiosas y laicas inspiradas en el carisma de Santo Domingo de Guzmán reconocidas como parte de la Orden de Predicadores.
En el Perú, cada una de la distintas ramas de religiosas /as y laicos/as se han asociado con las otras entidades de su rama para lograr mayor conciencia de su identidad, como dominicos/as y buscar mayores coordinaciones y colaboraciones entre sí .

Actualmente existen :
Conferencia entre entidades dominicas: CONED (frailes)
Federación de monjas de Nuestra Señora del Rosario
Federación de dominicas del Perú (religiosas de vida apostólica)
Consejo Nacional de Fraternidades Seglares
Movimiento dominicano de jóvenes adultos.

La FADO o Familia Dominicana no pretende reemplazar estas asociaciones sino ofrecer un espacio de mayor coordinación y colaboración.

LA FAMILIA DOMINICANA
I NATURALEZA Y OBJETIVOS

Art. 1: "LA FADO"
Es el organismo que congrega a todos los religiosos, religiosas, monjas, laicos y laicas de la Orden Dominicana en el Perú.

Art. 2: OBJETIVO GENERAL
Promover el carisma dominicano desde la lectura de la historia, a la luz de la Palabra de Dios, construyendo la comunión y la participación entre las ramas de la Familia Dominicana del Perú, para un efectivo servicio a la acción evangelizadora: la Predicación

Art. 3: OBJETIVOS ESPECIFICOS
Estimular la creación de espacios que contribuyan a profundizar la identidad y espiritualidad dominicana y fortalecer la comunión entre los miembros.
Responder a los desafíos de nuestro tiempo a la luz del magisterio de la Iglesia y de las prioridades señaladas en los documentos de la Orden y las Asambleas de la Familia Dominicana
Buscar criterios comunes y colaboración tanto en l formación inicial como permanente y en la misión que nos permita vivenciar plenamente el carisma dominicano encarnado en devenir histórico del Perú.
Evaluar constante y críticamente las prácticas de nuestra vida dominicana para responder a las exigencias del mundo de hoy con vigor apostólico y profético.
 

II.- ORGANIZACION

Art. 4: ASAMBLEA GENERAL
Es el organismo de máxima autoridad en la FADO.
Son miembros de la Asamblea General con derecho de voz y voto:

4.1 RELIGIOSAS DE VIDA APOSTOLICA
Las superioras mayores o sus representantes ; y una delegada elegida por cada congregación o provincia (Si pasa de 30 miembros se elegirá una delegada más ).
4.2 RELIGIOSAS DE LA VIDA CONTEMPLATIVA
La presidenta Federal de los monasterios y una delegada.
4.3 FRAILES DE LA CONED
Los superiores mayores o sus representantes y un delegado elegido por cada entidad (si pasa de 30 miembros se elegirá un delegado más).
4.4 FORMANDOS RELIGIOSOS Y RELIGIOSAS
Un delegado y una delegada.
4.5 LAICOS
El /La presidente/a del Consejo Nacional de Fraternidades Laicales en el Perú y un delegado y una delegada.
El/La coordinador/ra Nacional del MDJA o su representante, un delegado y una delegada.

La asamblea sesionará con la mayoría de sus miembros en la primera citación y con los que estén presentes en la segunda citación. Entre ambas citaciones habrá un intervalo de media hora.

Art.5 ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA
5.1 Elegir el Secretariado Nacional de la FADO
Aprobar el plan de trabajo del año en sus dimensiones de misión, fraternidad y estudio
Revisar y evaluar los planes de estudios para los/las formandos/formandas y laicos/laicas en el
Programa de la Familia Dominicana.
Acordar anual; revisar y aprobar el estado de cuentas
Revisar y modificar los Estatutos
Promover y apoyar la organización y reuniones de la Familia Dominicana en Provincias y/o
regiones fuera de Lima
Reunirse por lo menos dos veces al año
La asamblea elegirá un comité electoral conformado por tres miembros: un presidente y dos vocales.

Art 6 SECRETARIADO NACIONAL
Es el organismo ejecutivo de la FADO que está constituido por: cinco miembros representantes de los frailes, las hermanas de vida apostólica, fraternidades laicales, los formandos y el MDJA.
La asamblea elegirá en primer lugar al Secretario/a General y después a los otros cuatro miembros. Los elegidos entre ellos mismos se asignarán los cargos: secretario/a , tesorero/a y dos vocales.

Art 7 ATRIBUCIONES DEL SECRETARIADO DE LA FAMILIA DOMINICANA
Ejecutar el plan y fomentar las relaciones entre toda la FADO.
Mantener comunicación permanente con CIDAL y CODAL
Convocar y presidir la asamblea nacional.
Proponer el plan de trabajo anual a la asamblea general para su aprobación.
Ejecutar lo acordado en cada asamblea pudiendo delegar funciones.
Mantener contacto con las hermanas de clausura informándoles y pidiendo sus sugerencias.
Rendir informe a la asamblea sobre las acciones realizadas.

Art 8 ELECCIONES
Tienen derecho a voz y voto todos los miembros de la Asamblea General presente.
La Asamblea elegirá al Secretariado Nacional con estos criterios:
Toda la Asamblea elegirá primero al Secretario/a General y luego a los otros cuatro miembros según el art.6.
En principio toda elección se hará por votación secreta; otra forma podrá ser determinada por la misma asamblea.
Para la validez de las votaciones es necesaria la mayoría absoluta.
Si al tercer escrutinio no existe mayoría absoluta, se tendrá en cuenta la mayoría simple.
El secretariado durará en sus diversos cargos por dos años, pudiendo ser reelegidos, parte o el
total por un segundo período, pero nunca por un tercero.

Inicio | Volver mjd
dominicos@peru.com | © 2006